GIL LOZANO ABOGADOS

Abogados de Herencias en Madrid

Perder a alguien querido es un golpe muy duro. Y en medio del duelo, de repente aparece una pila de papeles, plazos que cumplir y decisiones que tomar sobre bienes, deudas y derechos que ni siquiera sabías que existían. Es normal sentirse perdido y no saber por dónde empezar.

Gestionar una herencia mal puede tener consecuencias reales: pagar impuestos de más, perder derechos que te corresponden o heredar deudas que podrías haber evitado. Hacerlo bien, con alguien que te explique cada paso con claridad, marca la diferencia.

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HERENCIAS Y SUCESIONES EN MADRID

Alguien que te explique las cosas y esté de tu lado

En Gil Lozano no gestionamos expedientes: acompañamos a personas. Te explicamos cada fase del proceso en un lenguaje que entiendas, resolvemos los problemas que vayan surgiendo y nos aseguramos de que tus derechos queden protegidos desde el primer momento.

BENEFICIOS

Beneficios de contar con un abogado especialista en herencias

Cuando tienes un buen abogado de herencias a tu lado, el proceso cambia por completo. No solo se evitan errores costosos; también se gana en tranquilidad, en tiempo y en claridad sobre lo que te corresponde.

Sabes en todo momento qué está pasando

Nada de esperar semanas sin noticias. Te informamos en cada fase del proceso para que nunca tengas que adivinar en qué punto está tu herencia ni qué viene después.

No pagas más impuestos de los que debes

El impuesto de sucesiones en Madrid tiene bonificaciones importantes que muchas familias desconocen. Nos aseguramos de que apliques todas las que te corresponden, sin sustos fiscales de última hora.

Evitas que un conflicto pequeño se convierta en un pleito

Los desacuerdos entre herederos son frecuentes. Con una buena gestión desde el principio, la mayoría se resuelven sin llegar a juicio, ahorrando tiempo, dinero y desgaste familiar.

Tomas decisiones con información real, no con miedo

Aceptar, renunciar, reclamar la legítima... cada decisión tiene consecuencias. Te explicamos qué implica cada opción para que elijas con criterio, no bajo presión ni con prisas.

ABOGADA ESPECIALISTA EN HERENCIAS

Conoce a nuestra abogada especialista en herencias en Madrid

Al frente de Gil Lozano está Yolanda Gil Lozano, abogada especialista en herencias y sucesiones con más de veinte años de experiencia acompañando a familias madrileñas en algunos de los momentos más difíciles de su vida. Es miembro de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) y conoce de primera mano la casuística real de las herencias: las que salen bien y las que se complican.

El despacho tiene una filosofía clara: la mediación siempre antes que el litigio. Cuando hay desacuerdos entre herederos, el primer objetivo es buscar un acuerdo que evite el juzgado. Eso ahorra tiempo, dinero y, sobre todo, relaciones familiares que de otra forma podrían romperse para siempre.

Más de 227 reseñas en Google avalan ese enfoque. No son solo valoraciones de un trámite bien hecho; son personas que encontraron en este despacho alguien que les escuchó, les explicó las cosas con claridad y les ayudó a salir adelante en un momento muy complicado.

Años de experiencia
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Casos de éxito
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Familias ayudadas
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ABOGADOS DE HERENCIAS
Cuéntanos tu situación y te orientamos sin compromiso.
ASÍ FUNCIONA

¿Cómo funcionamos?

Primera consulta

Nos cuentas la situación: quién ha fallecido, si hay testamento, qué bienes hay y qué dudas tienes. Sin formularios complicados, sin jerga jurídica.

Estrategia clara

Analizamos el caso concreto, te explicamos qué pasos hay que dar, en qué orden y qué plazos son importantes para no perder derechos ni pagar recargos innecesarios.

Gestión y negociación

Nos ocupamos de los trámites ante notario, la documentación fiscal y, si hay desacuerdos entre herederos, de buscar un acuerdo que evite el conflicto judicial siempre que sea posible.

Cierre y entrega

La herencia queda repartida, los impuestos liquidados y los bienes inscritos a nombre de quien corresponde. Te explicamos el resultado final para que quede todo claro.

LA OPINIÓN DE NUESTROS CLIENTES NOS AVALA

Testimonios de nuestros clientes

Se nos califica como Excelente a base de +227 Reseñas en Google

ABOGADOS DE FAMILIA
Hablemos. Estamos para ayudarte.
Proceso

Nuestro proceso de trabajo

Tramitar una herencia tiene fases muy distintas según el caso, y en cada una puede haber decisiones que marcan el resultado final. Esto es lo que suele ocurrir en los procesos que gestionamos en Madrid, tanto cuando hay testamento como cuando no lo hay.

FASE 1 — PUNTO DE PARTIDA

Obtener la documentación inicial
Certificados necesarios: El primer paso es conseguir el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades, que indica si el fallecido otorgó testamento y ante qué notario lo hizo.
Si hay testamento: Solicitamos una copia autorizada ante el notario correspondiente. Ese documento determina quiénes son los herederos y cómo se reparte el patrimonio del fallecido según su voluntad.

FASE 2 — IDENTIFICACIÓN DE HEREDEROS

Saber quién hereda y qué
Con testamento: El testador designa a sus herederos y puede establecer condiciones, legados o mejoras. Comprobamos que el reparto respeta los derechos mínimos que la ley garantiza, como la legítima de los hijos.
Sin testamento: Cuando no existe testamento, la ley establece un orden de llamamiento. Tramitamos la declaración de herederos ab intestato ante notario para determinar quiénes tienen derecho a heredar.

FASE 3 — INVENTARIO Y REPARTO

Valorar los bienes y acordar la partición
Inventario del patrimonio: Localizamos y valoramos todos los bienes del fallecido: inmuebles, cuentas bancarias, vehículos, inversiones y también las deudas pendientes, porque todo forma parte de la herencia.
Cuaderno particional: Elaboramos el documento que recoge cómo se reparte la herencia entre los herederos. Si hay acuerdo, se firma ante notario; si no lo hay, buscamos una solución negociada antes de plantear la vía judicial.

FASE 4 — CIERRE FISCAL Y REGISTRO

Liquidar impuestos e inscribir los bienes

Impuesto de sucesiones y plusvalía municipal: Gestionamos la liquidación del impuesto de sucesiones dentro del plazo legal y, si hay inmuebles, también la plusvalía municipal. Aplicamos todas las bonificaciones autonómicas disponibles en Madrid.

Inscripción registral: Una vez liquidados los impuestos, tramitamos la inscripción de los bienes inmuebles en el Registro de la Propiedad a nombre de los nuevos titulares, para que la transmisión quede formalizada del todo.

FAQ

Preguntas frecuentes sobre herencias en Madrid

¿Cuánto tiempo tengo para aceptar o renunciar a una herencia?

La ley no fija un plazo máximo para aceptar o renunciar a una herencia, pero sí prevé mecanismos que pueden forzarte a decidir antes de lo que esperabas. Cualquier interesado puede acudir ante notario y solicitar que se te interpele: a partir de ese momento, tienes un plazo fijado para pronunciarte.

Si no lo haces, se entiende que aceptas. Eso significa que, aunque no hay un contador que corra solo, esperar demasiado tiene riesgos reales, sobre todo si hay deudas de por medio.

Para iniciar el proceso necesitas, como mínimo, el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y una copia autorizada del testamento si lo hay. A eso se suman el DNI del fallecido y de los herederos, las escrituras de los inmuebles, los certificados de saldo bancario a fecha de fallecimiento y, si hay vehículos, la documentación del registro. En Gil Lozano te decimos exactamente qué hace falta en tu caso concreto desde la primera consulta, porque no todas las herencias necesitan los mismos documentos.

Cuando no hay testamento, la herencia se rige por las normas legales de sucesión intestada y el primer paso es tramitar la declaración de herederos ab intestato ante notario. La ley establece un orden de llamamiento claro: primero los hijos y descendientes, después los padres y ascendientes, luego el cónyuge y, si no hay ninguno de los anteriores, los hermanos y otros parientes. Este proceso lleva tiempo y documentación, pero es perfectamente tramitable. Puedes ver con más detalle cómo funciona una herencia sin testamento aquí.

En Madrid existe una bonificación autonómica muy relevante en el impuesto de sucesiones para los familiares directos, lo que hace que en muchos casos la carga fiscal sea notablemente inferior a la de otras comunidades autónomas. Los herederos del grupo I y II (hijos, cónyuge, padres) se benefician de una reducción que en la práctica puede dejar la cuota a pagar en una cantidad muy baja o incluso cero, según el valor del patrimonio heredado. Aun así, el impuesto hay que liquidarlo dentro del plazo legal aunque la cuota sea cero, y si hay inmuebles, también hay que gestionar la plusvalía municipal con el ayuntamiento correspondiente.

Sí, un testamento puede impugnarse judicialmente cuando existen causas reconocidas por la ley, como vicios del consentimiento, incapacidad del testador o vulneración de la legítima de los herederos forzosos. La legítima es la parte del patrimonio que la ley reserva obligatoriamente a determinados herederos (hijos, por ejemplo) y que el testador no puede ignorar. Si sospechas que el testamento no refleja la voluntad real del fallecido o que se han vulnerado tus derechos, lo primero es analizar el caso con detenimiento. Puedes saber más sobre cómo funciona este proceso en nuestra página sobre impugnación de testamentos.

Sí, puedes renunciar a una herencia y, si lo haces, no quedas obligado a responder de las deudas del fallecido. La renuncia debe hacerse de forma expresa ante notario y tiene consecuencias definitivas: si renuncias, no puedes cambiar de opinión después. Existe también una opción intermedia que se llama aceptación a beneficio de inventario: aceptas la herencia, pero solo respondes de las deudas hasta donde alcancen los bienes heredados, no con tu propio patrimonio. En Gil Lozano analizamos contigo cuál de las dos opciones te conviene según la situación real de la herencia.

Cuando hay desacuerdo entre herederos, lo primero es intentar una solución negociada, porque el procedimiento judicial es más largo, más caro y suele deteriorar las relaciones familiares de forma irreversible. En Gil Lozano apostamos siempre por la mediación como primer paso: en muchos casos, los conflictos entre hermanos o familiares tienen más que ver con la comunicación que con el fondo jurídico. Si la negociación no llega a buen puerto, entonces sí se puede acudir al juzgado para que un juez resuelva la partición. Pero esa decisión se toma con información real, no como primera salida.

Cuando entre los herederos hay menores de edad o personas con discapacidad, el proceso requiere precauciones adicionales para proteger sus intereses, y en algunos casos es necesaria la autorización de un juez para cerrar el reparto. Los padres o tutores representan legalmente al menor o a la persona con discapacidad, pero no pueden tomar ciertas decisiones por su cuenta si suponen renunciar a derechos o aceptar condiciones que puedan perjudicarles. Es una situación que tiene solución, pero que hay que gestionar con cuidado desde el principio para no tener que desandar el camino después.

ESTAMOS PARA AYUDARTE LEGALMENTE

¿Tienes una herencia que gestionar en Madrid?

Sabemos que ahora mismo no tienes la cabeza para leer más sobre impuestos y plazos. Lo que necesitas es alguien que te explique exactamente qué tienes que hacer, en qué orden y sin dejarte solo en ningún momento.

En Gil Lozano llevamos más de veinte años acompañando a familias madrileñas en situaciones como la tuya. Y también en las que parecen más complicadas: herencias con deudas, con conflictos entre herederos, sin testamento, con menores o con bienes en varios países.

Si quieres que echemos un vistazo a tu caso y te digamos por dónde empezar, puedes escribirnos o llamarnos sin compromiso. No te vamos a hacer sentir que estás molestando: estamos aquí para eso.

También puede interesarte saber más sobre donación o herencia en vida si estás pensando en planificar cómo dejar tu patrimonio organizado antes de que llegue ese momento.

Contacta ahora y cuéntanos tu situación. El primer paso es siempre el más difícil, y ese lo puedes dar hoy.

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