GIL LOZANO ABOGADOS

Abogados de Filiación y Paternidad en Madrid

Quizás acabas de tener un hijo y tienes dudas sobre cómo dejarlo todo bien registrado. O tal vez llevas tiempo preguntándote si el hombre que figura como padre en el Registro Civil es realmente el padre biológico. 

O al revés: eres el padre biológico y nadie te ha reconocido como tal. Estas situaciones generan una angustia muy concreta, y es completamente normal no saber por dónde empezar.

Lo que está en juego no es solo un trámite de papeles. La filiación determina los apellidos de tu hijo, su derecho a heredar, su nacionalidad y quién tiene la obligación de cuidarle y mantenerle. Resolverlo bien, y a tiempo, marca una diferencia enorme en su vida y en la tuya.

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DERECHO DE FAMILIA EN MADRID

Tu hijo merece tener su filiación clara desde el principio

En el despacho acompañamos a madres, padres y familias que necesitan establecer, reclamar o impugnar la filiación de sus hijos. Te explicamos qué tienes, qué puedes hacer y cómo dar el siguiente paso con seguridad, sin que tengas que entender el Código Civil para tomar decisiones.

BENEFICIOS

Beneficios de contar con una abogada especialista en filiación

Cuando la filiación de tu hijo está en cuestión, cada semana que pasa suma incertidumbre. Por eso trabajamos para que tengas claridad lo antes posible y puedas actuar con todas las garantías.

Sabes exactamente en qué situación estás

Antes de tomar ninguna decisión, te explicamos qué dice la ley sobre tu caso concreto: qué derechos tienes, qué opciones existen y cuáles son los plazos que no puedes perder.

Tu hijo queda protegido desde el principio

Una filiación bien determinada garantiza que el menor tenga apellidos, prestación de alimentos, derechos sucesorios y acceso a la seguridad social de ambos progenitores sin lagunas.

Evitas procedimientos innecesarios

En muchos casos es posible resolver la filiación de forma voluntaria, sin juicio. Te orientamos sobre cuándo es viable esa vía y cuándo hace falta acudir al juzgado.

Alguien lleva el peso legal por ti

Alguien lleva el peso legal por ti — Desde la primera consulta hasta la resolución, gestionamos toda la documentación, los plazos procesales y la relación con el Registro Civil para que tú puedas centrarte en tu familia.

ABOGADA ESPECIALISTA EN DERECHO DE FAMILIA

Conoce a nuestra abogada para filiación y paternidad en Madrid

Yolanda Gil Lozano lleva años dedicada al derecho de familia en Madrid, y los asuntos de filiación son de los que más cuidado y precisión técnica requieren.

No hay dos casos iguales: cada familia tiene una historia distinta, y nuestra forma de trabajar parte siempre de escuchar la tuya.

En este despacho hemos acompañado a personas en situaciones muy diversas: padres que no sabían que tenían un hijo, madres que necesitaban impugnar una paternidad reconocida sin base real, familias con adopciones que querían entender sus derechos.

La experiencia en estas situaciones nos permite anticipar los problemas antes de que aparezcan.

Trabajamos con un trato cercano y sin tecnicismos, porque creemos que entender lo que está pasando con la situación legal de tu hijo es un derecho tuyo, no un privilegio reservado a quienes estudian Derecho. Aquí te hablamos claro desde el primer momento.

Años de experiencia
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Casos de éxito
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Familias ayudadas
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ABOGADOS PENALISTAS EN MADRID
Cuéntanos tu situación y te orientamos hoy mismo.
ASÍ FUNCIONA

¿Cómo funcionamos?

Primera consulta

Nos cuentas la situación y nosotros analizamos si hay vía amistosa o es necesario un procedimiento judicial, con qué plazos y con qué documentación de partida.

Estrategia clara

Definimos juntos el camino más adecuado: reconocimiento voluntario, prueba de ADN, reclamación judicial o impugnación, según lo que necesite tu caso concreto.

Gestión del proceso

Preparamos toda la documentación, presentamos los escritos necesarios y te mantenemos informado en cada fase, tanto ante el Registro Civil como ante el juzgado.

Resolución con garantías

Acompañamos el caso hasta que la filiación queda inscrita y los derechos de tu hijo están plenamente reconocidos, sin dejar cabos sueltos.

LA OPINIÓN DE NUESTROS CLIENTES NOS AVALA

Testimonios de nuestros clientes

Se nos califica como Excelente a base de +227 Reseñas en Google

ABOGADOS DE FAMILIA
Hablemos. Estamos para ayudarte.
PROCESO

Nuestro proceso de trabajo

Cada caso de filiación recorre unas fases bien definidas, aunque el camino concreto depende de si hay acuerdo entre las partes o si hace falta un procedimiento judicial. Te explicamos cómo lo trabajamos nosotros.

FASE 1 — ANÁLISIS INICIAL

Entender tu punto de partida
Situación registral: Revisamos qué consta en el Registro Civil: quién figura como progenitor, si hay reconocimiento previo o si el menor está inscrito solo con la madre, y qué implica eso legalmente.
Documentación disponible: Valoramos qué pruebas existen o pueden obtenerse, desde el certificado de nacimiento hasta informes médicos, comunicaciones o cualquier elemento que pueda ser relevante en el proceso.

FASE 2 — VÍA EXTRAJUDICIAL

Explorar el acuerdo antes que el juicio
Reconocimiento voluntario: Si el progenitor está dispuesto a reconocer al hijo, gestionamos el proceso ante Notaría o Registro Civil de forma ágil, asegurándonos de que el reconocimiento sea válido y no pueda impugnarse después.
Coordinación entre partes: Cuando hay disposición de ambos lados pero falta orientación, mediamos para que el acuerdo se formalice correctamente y evitamos que un error de forma invalide todo el proceso.

FASE 3 — PROCEDIMIENTO JUDICIAL

Cerrar el caso con todo en regla
Reclamación o impugnación: Preparamos la demanda de reclamación de paternidad o de impugnación de filiación, aportando los fundamentos jurídicos y las pruebas necesarias para sostener la pretensión ante el juez.
Prueba de ADN: Explicamos cómo se solicita la prueba pericial biológica en sede judicial, qué valor tiene su resultado y qué ocurre si una de las partes se niega a realizarla.

FASE 4 — EFECTOS E INSCRIPCIÓN

Cerrar bien esta etapa

Inscripción registral: Una vez hay resolución judicial o reconocimiento firme, gestionamos la inscripción en el Registro Civil para que la filiación quede correctamente anotada y surta todos sus efectos legales.

Consecuencias para el menor: Asesoramos sobre los pasos siguientes: cambio de apellidos, medidas paterno-filiales como la guarda y custodia o la pensión de alimentos, y cualquier otro derecho que se active con la nueva filiación reconocida.

FAQ

Preguntas frecuentes sobre filiación y paternidad

¿Qué es la filiación y para qué sirve?

La filiación es el vínculo jurídico que une a un hijo con sus progenitores y que determina sus derechos y obligaciones desde el nacimiento. No es solo una cuestión de apellidos: de la filiación dependen la patria potestad, el derecho a recibir alimentos, la nacionalidad, los derechos sucesorios y el acceso a la seguridad social del padre o la madre. Sin una filiación clara, el menor puede quedar desprotegido en aspectos muy concretos de su vida.

La filiación matrimonial se produce cuando los padres están casados en el momento del nacimiento o la concepción, mientras que la filiación no matrimonial surge cuando no existe ese vínculo conyugal. En la filiación matrimonial, el Código Civil presume que el marido es el padre del hijo nacido durante el matrimonio. En la filiación no matrimonial, en cambio, la paternidad debe establecerse mediante reconocimiento voluntario ante el Registro Civil o, si no hay acuerdo, a través de un procedimiento judicial.

Cuando en el DNI o en documentos policiales se pide la «filiación», se están solicitando los datos de los progenitores: nombre del padre y nombre de la madre. Es un uso administrativo del término, distinto a su sentido jurídico completo, pero que tiene el mismo origen conceptual: identificar el origen familiar de una persona. Si ves ese campo en un formulario, solo tienes que escribir los nombres de tus padres tal como constan en tu documentación oficial.

La expresión «filiación completa» hace referencia a que un hijo tiene determinada tanto la maternidad como la paternidad, es decir, que constan los dos progenitores en el Registro Civil. Esto es relevante porque algunos derechos se activan solo cuando ambas filiaciones están reconocidas. Por ejemplo, el hijo puede llevar los apellidos de los dos, heredar de ambas familias y recibir alimentos de los dos progenitores. Cuando solo consta uno, hablamos de filiación incompleta.

Filiación y afiliación son términos distintos que no deben confundirse: la filiación es el vínculo legal entre padres e hijos, mientras que la afiliación es la pertenencia a una organización, partido, sindicato o institución. Si alguien busca «afiliación o filiación» en relación con sus hijos, casi siempre está pensando en la filiación jurídica. La confusión es muy frecuente porque suenan parecido, pero no tienen nada en común en el ámbito legal.

Sí, es posible reclamar judicialmente la filiación aunque el progenitor no haya realizado ningún reconocimiento voluntario. En ese caso, se presenta una demanda de reclamación de paternidad ante el juzgado de familia. El juez puede ordenar la realización de una prueba de ADN y, si el demandado se niega sin justificación, esa negativa puede valorarse como indicio en su contra. Es un proceso que requiere asesoramiento especializado desde el principio para evitar errores que retrasen la resolución.

Sí, tanto el hijo como los progenitores pueden impugnar una filiación que no se corresponde con la realidad biológica, aunque existen plazos y condiciones que hay que cumplir según el Código Civil. Por ejemplo, un hombre que reconoció voluntariamente a un hijo puede impugnar ese reconocimiento si demuestra que no es el padre biológico, siempre que lo haga dentro del plazo legal. También el propio hijo, al alcanzar la mayoría de edad, tiene acción para impugnar su filiación si tiene dudas sobre su origen real.

La filiación adoptiva tiene exactamente los mismos efectos legales que la biológica: el hijo adoptado tiene los mismos derechos y obligaciones que un hijo por naturaleza. Eso incluye los apellidos, los derechos hereditarios, la patria potestad y la obligación de alimentos. La adopción extingue los vínculos jurídicos con la familia de origen, salvo excepciones muy concretas previstas en la ley. Si te interesa saber más sobre un caso específico, en nuestro despacho también asesoramos en adopción de mayores de edad.

ESTAMOS PARA AYUDARTE LEGALMENTE

¿Tienes un problema de filiación? Cuéntanoslo sin compromiso.

Si tienes dudas sobre la situación legal de tu hijo o necesitas establecer, reclamar o impugnar una filiación, podemos ayudarte. En Gil Lozano Abogados trabajamos en derecho de familia en Madrid con un enfoque cercano y sin tecnicismos: lo primero es que entiendas tu situación y puedas tomar decisiones con toda la información.

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