GIL LOZANO ABOGADOS

Abogados de Liquidación de Gananciales en Madrid

Llevas años construyendo una vida junto a tu pareja: la casa, el coche, los ahorros, quizás un negocio. Y de repente, todo eso tiene que repartirse. 

Es normal que no sepas por dónde empezar, que te sientas abrumado o que el simple hecho de pensar en ello te genere angustia.

Liquidar la sociedad de gananciales es un proceso legal con pasos concretos, pero también es una decisión que afecta tu futuro económico durante años. Hacerlo bien, con alguien que te guíe sin prisas y sin perderte en tecnicismos, marca una diferencia real.

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LIQUIDACIÓN DE GANANCIALES

Repartir lo que construisteis juntos no tiene que ser una guerra

En Gil Lozano Abogados acompañamos a personas como tú desde el primer momento: explicando qué te corresponde, buscando primero el acuerdo y defendiendo tus intereses cuando no queda otro camino. Estamos contigo en cada paso.

BENEFICIOS

Beneficios de contar con un abogado especialista en liquidación de gananciales

Saber qué tienes, qué te corresponde y cómo protegerlo cambia todo cuando estás en medio de un divorcio.

Sabes exactamente qué bienes te pertenecen

Hacemos contigo el inventario completo de bienes y deudas del matrimonio para que tengas claro desde el principio qué forma parte del patrimonio común y qué es tuyo de forma privativa.

Evitas errores que cuestan caro a largo plazo

Un reparto mal hecho puede tener consecuencias fiscales, hipotecarias o legales que aparecen meses después. Te ayudamos a cerrar la liquidación sin flecos que te compliquen la vida más adelante.

Ahorras tiempo y dinero si hay acuerdo

Siempre exploramos primero la vía del mutuo acuerdo ante notario. Es más rápida, más barata y mucho menos desgastante que un procedimiento judicial. Tu bienestar también importa.

Tienes a alguien de tu lado si no hay acuerdo

Cuando el diálogo es imposible, te representamos en el procedimiento contencioso con la misma dedicación y con el objetivo claro: que el resultado sea justo para ti.

ABOGADA ESPECIALISTA EN LIQUIDACIÓN DE GANANCIALES

Conoce a nuestra abogada especialista en liquidación de gananciales en Madrid

Yolanda Gil Lozano lleva más de dos décadas dedicada al derecho de familia en Madrid. La liquidación de gananciales es uno de los procesos en los que más acompaña a sus clientes, porque sabe que detrás de cada inventario de bienes hay una historia y un proyecto de vida que se transforma.

Su forma de trabajar parte siempre del diálogo. Antes de plantear cualquier estrategia, escucha, analiza la situación concreta de cada familia y busca la solución que cause menos daño, tanto económico como personal. Con más de 227 reseñas de clientes reales, su reputación se ha construido caso a caso.

El despacho Gil Lozano Abogados tiene sede en Madrid y atiende tanto liquidaciones amistosas ante notario como procedimientos judiciales complejos, con capacidad para gestionar patrimonios con inmuebles, deudas, negocios o situaciones fiscales delicadas.

Años de experiencia
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Casos de éxito
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Familias ayudadas
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ABOGADOS DE FAMILIA
Cuéntanos tu situación y te orientamos sin compromiso.
ASÍ FUNCIONA

¿Cómo funcionamos?

Primera consulta

Nos cuentas tu situación: qué bienes tenéis, si hay deudas, si existe o no voluntad de acuerdo. Analizamos tu caso de forma concreta y sin rodeos.

Estrategia personalizada

Definimos contigo el camino más conveniente: acuerdo ante notario, mediación familiar o procedimiento judicial. Siempre con honestidad sobre tiempos y costes.

Negociación y acuerdo

Si la otra parte está dispuesta, trabajamos para alcanzar un reparto equilibrado que ambos podáis firmar. La mediación reduce el conflicto y protege especialmente cuando hay hijos.

Resolución y cierre

Formalizamos el acuerdo ante notario o ejecutamos la resolución judicial, gestionando también los trámites registrales y fiscales para que el proceso quede cerrado de verdad.

LA OPINIÓN DE NUESTROS CLIENTES NOS AVALA

Testimonios de nuestros clientes

Se nos califica como Excelente a base de +227 Reseñas en Google

ABOGADOS DE FAMILIA
Hablemos. Estamos para ayudarte.
PROCESO

Nuestro proceso de trabajo

La liquidación de gananciales tiene fases muy concretas. Conocerlas de antemano te ayuda a prepararte y a tomar mejores decisiones en cada momento.

FASE 1

Inventario: poner todo sobre la mesa
Bienes gananciales y privativos: Lo primero es identificar qué pertenece a la sociedad de gananciales y qué es privativo de cada cónyuge. Un piso comprado durante el matrimonio con dinero conjunto es ganancial; una herencia recibida a tu nombre, no.
Deudas comunes: El inventario no solo incluye activos. Las deudas contraídas durante el matrimonio para la familia también forman parte del patrimonio común y hay que listarlas. La hipoteca de la vivienda familiar es el ejemplo más habitual.

FASE 2

Valoración: cuánto vale cada bien
Tasación de inmuebles y otros activos: Cada bien ganancial necesita un valor acordado o pericial. Para los inmuebles suele recurrirse a una tasación oficial; para vehículos, cuentas o planes de pensiones, existen referencias de mercado o extractos oficiales.
Acuerdo o desacuerdo en los valores: Si ambos cónyuges aceptan las valoraciones, el proceso avanza. Si no, es necesario acudir a peritos independientes, lo que alarga el procedimiento y añade costes que conviene anticipar.

FASE 3

Liquidación: calcular el haber de cada uno
El haber ganancial de cada cónyuge: Una vez valorado el patrimonio común y deducidas las deudas, se calcula la mitad que corresponde a cada uno. El objetivo es que ambos reciban partes de valor equivalente, aunque no siempre son los mismos bienes.
Créditos entre cónyuges: Si uno de los cónyuges pagó deudas privativas con dinero ganancial, o al revés, surge el derecho de reembolso en la sociedad de gananciales que debe compensarse en la liquidación.

FASE 4

Adjudicación: quién se queda con qué

Reparto de bienes concretos: Aquí se decide quién recibe cada bien. Si los lotes no son iguales en valor, quien se lleva más compensa al otro en metálico. La vivienda familiar suele ser el punto más delicado y el que más negociación requiere.

Formalización notarial o judicial: El acuerdo se eleva a escritura pública ante notario si hay entendimiento, o queda fijado en sentencia si el proceso fue contencioso. A partir de ahí se inscriben los cambios en el Registro de la Propiedad.

FAQ

Preguntas frecuentes sobre la liquidación de gananciales

¿Qué son los bienes gananciales y cuáles son privativos?

Los bienes gananciales son los que pertenecen a los dos cónyuges por igual porque se adquirieron o generaron durante el matrimonio con recursos comunes. Son gananciales, por ejemplo, el piso comprado juntos, el coche financiado durante el matrimonio, los ahorros acumulados o el sueldo de ambos. Son privativos los que cada uno tenía antes de casarse o los que recibió por herencia o donación a su nombre. Entender esta diferencia es el primer paso para saber qué entra en el reparto y qué no. Si tienes dudas, te ayudamos a clasificarlo.

En el régimen de gananciales, los bienes y las deudas generados durante el matrimonio pertenecen a los dos por igual; en separación de bienes, cada cónyuge es dueño solo de lo que genera o adquiere a su nombre. España tiene varios regímenes económicos matrimoniales, y el de gananciales es el que se aplica por defecto si no pactasteis otra cosa en capitulaciones. Saber cuál es el tuyo es lo primero que hay que confirmar antes de hablar de reparto.

La hipoteca de la vivienda familiar es una deuda ganancial y, como tal, forma parte del inventario de liquidación: se resta del activo común antes de calcular lo que le corresponde a cada uno. Que la vivienda se adjudique a uno de los cónyuges no significa automáticamente que el banco le quite al otro de la hipoteca: eso requiere una novación con la entidad financiera, que puede aceptarla o no. Por eso es importante negociar este punto con claridad desde el principio, y a veces conviene vender el inmueble y repartir el remanente.

Si hay acuerdo entre los cónyuges, la liquidación ante notario puede cerrarse en pocas semanas desde que se tienen todos los documentos; si hay conflicto y el proceso es judicial, los plazos se alargan de forma significativa. La duración depende de la complejidad del patrimonio, del número de bienes, de si hay inmuebles que tasar y, sobre todo, de si existe voluntad de acuerdo. Por eso insistimos tanto en explorar primero la vía amistosa: no es solo una cuestión de dinero, es también de tiempo y de desgaste.

La respuesta no es sencilla porque la indemnización por despido tiene una naturaleza mixta: una parte compensa el tiempo trabajado durante el matrimonio y puede considerarse ganancial, pero otra parte resarce daños futuros y puede tener carácter privativo. La jurisprudencia española ha debatido mucho este punto. Si en tu caso hay una indemnización relevante, es importante analizarla bien antes de incluirla o excluirla del inventario. Tienes más información detallada sobre si la indemnización por despido es un bien ganancial o privativo en nuestro blog.

No. Las herencias y las donaciones recibidas a nombre de uno solo de los cónyuges tienen carácter privativo, aunque se reciban durante el matrimonio. No forman parte del patrimonio común y, por tanto, no se liquidan ni se reparten. Sí pueden surgir complicaciones si el dinero heredado se mezcló con fondos comunes, por ejemplo para comprar un bien que quedó a nombre de los dos. En ese caso, puede reclamarse el correspondiente derecho de reembolso al liquidar.

Si vais de mutuo acuerdo al notario, la ley no exige abogado, pero contar con uno te protege de firmar algo que después no puedas corregir. El notario da fe del acuerdo, pero no asesora a ninguna de las partes: su función es verificar que el documento es legal, no que sea justo para ti. Un abogado revisa el inventario, detecta bienes que se pasan por alto, advierte de las implicaciones fiscales y se asegura de que lo que firmas refleja lo que realmente te corresponde. El coste de ese asesoramiento suele ser muy inferior al de los errores que evita.

La liquidación de la sociedad de gananciales está en general exenta del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, porque no se considera una transmisión entre extraños sino una división de un patrimonio común. Sin embargo, pueden surgir otras obligaciones fiscales: si hay una plusvalía municipal por la adjudicación de un inmueble, o si más adelante vendes un bien que recibiste en la liquidación y aflora una ganancia patrimonial en el IRPF. Cada caso tiene su propia fiscalidad, y revisarla antes de cerrar el reparto evita sorpresas en la declaración de la renta.

ESTAMOS PARA AYUDARTE LEGALMENTE

Por qué tener un abogado especialista en Madrid cambia el resultado

Liquidar los gananciales no es solo dividir bienes. Es tomar decisiones que afectan a tu economía, a tu vivienda y, muchas veces, al entorno de tus hijos. Hacerlo sin asesoramiento es asumir riesgos que no son necesarios.

En Gil Lozano Abogados trabajamos desde la convicción de que el acuerdo siempre es mejor que el enfrentamiento cuando es posible alcanzarlo. No porque evitemos el conflicto, sino porque sabemos lo que cuesta en tiempo, dinero y bienestar emocional un proceso judicial largo. Y también sabemos defenderlo con determinación cuando no hay otra salida.

Yolanda Gil Lozano conoce de cerca la realidad de cada proceso de liquidación: las dudas sobre la hipoteca, el miedo a quedarse sin la vivienda familiar, la incertidumbre sobre lo que te corresponde realmente. Esa cercanía no es un eslogan, es la forma en que trabaja cada día.

Si estás en ese momento en que todo parece complicado y no sabes por dónde empezar, el primer paso es el más fácil: cuéntanos qué está pasando.

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