GIL LOZANO ABOGADOS
Abogados de custodia compartida en Madrid
Decidir separarte es uno de los momentos más difíciles que vas a vivir. Y en medio de todo ese peso emocional, aparece una pregunta que lo cambia todo: ¿qué va a pasar con mis hijos? Cuántos días van a estar contigo, dónde van a dormir, cómo va a funcionar esto en el día a día.
Resolver bien la custodia no es solo una cuestión legal, es la base sobre la que tus hijos van a crecer.
Un acuerdo mal planteado genera conflictos durante años; uno bien construido desde el principio protege a los menores y te permite rehacer tu vida con menos desgaste.
DERECHO DE FAMILIA
Sabemos que ahora mismo tienes mil preguntas y pocas respuestas claras. En Gil Lozano llevamos más de dos décadas acompañando a familias en esta situación: te explicamos exactamente qué opciones tienes, qué puedes esperar y cómo proteger lo que más importa.
Beneficios de contar con una abogada especialista en custodia compartida
Cuando tienes al lado a alguien que conoce este proceso de verdad, las decisiones que tomes ahora no te perseguirán durante años.
Sabes desde el principio qué esperar
Nada de sorpresas a mitad del proceso. Te explicamos desde el primer día qué modelo de custodia encaja con tu situación y qué puede decidir un juez si no hay acuerdo.
Evitas errores que cuestan caro después
Un convenio regulador mal redactado o un acuerdo verbal sin respaldo legal puede darte problemas durante años. Lo hacemos bien desde el principio para que no tengas que volver.
Reduces el conflicto con la otra parte
Buscamos siempre el acuerdo antes que el litigio, porque un proceso contencioso agota, encarece y perjudica a los menores. Cuando hay acuerdo, todos ganan, especialmente los hijos.
Tienes un referente claro durante todo el proceso
No desaparecemos después de la primera consulta. Te acompañamos en cada fase, desde el convenio hasta la modificación de medidas si la vida cambia.
Conoce a nuestra abogada especialista en custodia compartida en Madrid
Yolanda Gil Lozano lleva más de dos décadas ejerciendo el derecho de familia en Madrid. La custodia compartida es una de las materias en las que más casos ha gestionado: desde acuerdos alcanzados en pocas semanas hasta procedimientos contenciosos complejos en los que el bienestar del menor estaba en el centro de todo.
En este despacho trabajamos desde un enfoque claro: primero intentamos el acuerdo, porque cuando los padres llegan a un entendimiento, los hijos sufren menos y el proceso es más rápido y menos costoso.
Pero si el acuerdo no es posible, defendemos tu posición con toda la firmeza que el caso requiere.
Más de 227 reseñas verificadas de clientes reales respaldan una forma de trabajar que mezcla rigor jurídico con trato humano. Porque cuando alguien viene a vernos por sus hijos, merece que lo escuchemos de verdad antes de darle cualquier respuesta.
¿Cómo funcionamos?
Primera consulta
Nos cuentas tu situación con detalle. Escuchamos, analizamos y te damos una valoración honesta de qué modelo de custodia es realista en tu caso.
Estrategia a medida
Diseñamos el enfoque más adecuado: si hay posibilidad de acuerdo, lo buscamos; si no, preparamos la defensa de tu posición con todos los argumentos que recoge la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Negociación o litigio
Redactamos el convenio regulador, lo negociamos con la otra parte si es posible o lo defendemos ante el juez con los informes y pruebas que refuercen tu caso.
Resolución y seguimiento
Una vez fijada la custodia, no desaparecemos. Si las circunstancias cambian y necesitas modificar las medidas, seguimos a tu lado.
LA OPINIÓN DE NUESTROS CLIENTES NOS AVALA
Se nos califica como Excelente a base de +227 Reseñas en Google
EXCELENTE A base de 227 reseñas Publicado en Google David DrTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. En los momentos complicados es cuando más se valora sentirse apoyado. Y eso es lo que he sentido desde el primer día de Yolanda y compañia, apoyo, asesoramiento, empatia, seguridad. Sin vosotros no habría sido capaz de andar el camino. Aún queda, pero cada vez menos. Nunca podré agradeceros lo suficiente la profesionalidad y la dedicación muy por encima de lo exigible. Creo que más que clientes forjáis amistades de por vida. Gracias!!Publicado en Google jose luisTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Grandes profesionales, comunicación muy buena.Publicado en Google Tamara TgTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Es de agradecer que en una situación complicada como puede ser un divorcio, una persona te haga sentir acompañada, te explique todo con claridad y respete tus tiempos. Para mí es un 10. Muchísimas gracias por tu profesionalidad Yolanda.Publicado en Google María Jesus Alameda MenaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Hace unos meses comenzamos el proceso para solicitar la curatela de nuestra madre. En este proceso hemos contado con la ayuda de Yolanda, la cual, nos explicó el proceso detalladamente. Iniciamos el proceso y en todo momento ha estado pendiente de nosotros. Destacar la empatía que muestra a la hora de trabajar y que es tan necesaria para las personas que nos encontramos en esta situación. Muchas gracias por todo.Publicado en Google Ana Isabel BasteroTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Trabajar con Yolanda ha sido la mejor decisión para gestionar mi proceso. Es una excelente abogada de familia que ha llevado tanto mi divorcio como la liquidación de gananciales con una soltura y profesionalidad impecables. Sabe perfectamente lo que hace y está siempre 'al quite' de cualquier detalle, trabajando codo con codo conmigo y manteniéndome informada en todo momento. Me he sentido muy respaldada gracias a su capacidad para trabajar en equipo y su dominio de la materia. Es un alivio contar con una profesional de su nivel en momentos tan complicadosPublicado en Google Raquel EscuderoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Después de un proceso de separación muy duro, lleno de complicaciones y momentos personales difíciles, contar con el apoyo de Paula ha sido fundamental. No solo ha demostrado una gran profesionalidad, sino también una cercanía y humanidad que marcaron la diferencia. Me ha acompañado cada paso con paciencia, implicación y compresión. La estoy muy agradecida.Publicado en Google Antonio Gomez MartinezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Llevo un tiempo trabajando con ellos. Me han gestionado el divorcio y otros temas, y son lo mejor de lo mejor. Accesibles, cercanos y empáticos, y sobre todo muy profesionales. Si mezclamos todo es como contarle los problemas a tu amigo y ademas que te resuelva y que te vayas con la tranquilidad que estas en buenas manos y que te resolverán.Publicado en Google Carmen AlonsoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Debido a su defensa tan sumamente buena, el resultado ha sido muy positivo para mi. Muchísimas gracias YolandaPublicado en Google Jonathan NaranjoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Increíble como una abogada puede hacerte sonreír. Gracias Yolanda por haberle cambiado la vida a mis sobrinas y hermana.Publicado en Google Gabriela SánchezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Lo recomiendo muchísimo. Me han asesorado y acompañado muy bien en todo el proceso. Responden y resuelven muy rápido.
Nuestro proceso de trabajo
Cada proceso de custodia compartida tiene sus propias particularidades, pero siempre seguimos cuatro fases que nos permiten anticipar problemas y tomar decisiones con cabeza, no con el miedo del momento.
1. ANÁLISIS INICIAL
2. PROPUESTA DE MODELO
3. REDACCIÓN Y NEGOCIACIÓN
4. RESOLUCIÓN Y MODIFICACIÓN
Aprobación judicial: Tanto si es de mutuo acuerdo como si es contenciosa, la custodia la aprueba un juez. Te preparamos para esa fase y te acompañamos hasta la sentencia.
Modificación de medidas: Si dentro de unos años cambia tu trabajo, el colegio de los niños o la situación económica, podemos revisar el acuerdo. La custodia no es para siempre si las circunstancias cambian de verdad.
Preguntas frecuentes sobre custodia compartida
¿Qué es la custodia compartida y en qué se diferencia de la patria potestad?
La custodia compartida es el régimen por el que ambos progenitores comparten de forma igualitaria o equilibrada el tiempo de convivencia con sus hijos tras la separación o el divorcio. La patria potestad, en cambio, es el conjunto de derechos y deberes sobre los hijos, como decidir sobre su educación, su salud o su residencia, y en la inmensa mayoría de casos la siguen ejerciendo ambos progenitores aunque la custodia sea de uno solo. En la práctica, la diferencia más visible es dónde duerme el menor cada noche y quién está con él en el día a día.
¿Cuáles son los tipos de custodia compartida y cómo funciona el modelo 2-2-3?
Existen varios modelos de custodia compartida según cómo se distribuyen los días entre los progenitores, y el más frecuente en España es el de semanas alternas, aunque el sistema 2-2-3 ha ganado mucho terreno en los últimos años. En el modelo 2-2-3, el menor pasa dos días con un progenitor, dos con el otro y tres con el primero, alternando cada semana para que el reparto sea equilibrado a lo largo del tiempo. Otros modelos habituales son el 4-3 (cuatro días con uno y tres con el otro), el 70-30 o el 80-20 para situaciones asimétricas, y la custodia compartida asimétrica cuando las circunstancias laborales o geográficas de uno de los progenitores lo justifican. El modelo que mejor funciona depende siempre de la edad de los hijos, la distancia entre domicilios y los horarios de los padres.
¿Puede el juez conceder la custodia compartida si la madre o el padre no quiere?
Sí, el juez puede imponer la custodia compartida aunque uno de los progenitores se oponga, y el Tribunal Supremo lleva años consolidando esta doctrina. El Supremo ha establecido que la custodia compartida debe ser la opción preferente cuando beneficia al menor, y que la mera oposición de uno de los progenitores no es razón suficiente para descartarla. Lo que sí puede frenarla es una oposición fundada en motivos concretos como la existencia de violencia, una mala relación grave que perjudique a los hijos o una distancia geográfica que haga inviable el reparto. Puedes consultar en detalle los requisitos que exige el Tribunal Supremo para la custodia compartida para entender qué argumentos tienen más peso.
¿En qué casos se deniega la custodia compartida?
La custodia compartida se deniega cuando concurren circunstancias que hacen que ese régimen perjudique al menor, y los supuestos más claros son la existencia de violencia de género o violencia doméstica, las adicciones activas de uno de los progenitores y una distancia geográfica que imposibilite la convivencia regular. También puede denegarse cuando la relación entre los padres es tan conflictiva que cualquier coordinación resulta dañina para los hijos, o cuando los menores tienen arraigo y rutinas muy estables con un solo progenitor. El informe psicosocial del equipo técnico judicial y, en algunos casos, la opinión del propio menor tienen mucho peso en estas decisiones.
Con custodia compartida, ¿hay que pagar pensión de alimentos?
La custodia compartida no elimina de forma automática la pensión de alimentos, aunque en la práctica la reduce o puede suprimirla cuando los ingresos de ambos progenitores son similares. Cuando hay una diferencia económica importante entre los dos padres, el juez suele establecer una pensión a cargo del que más ingresa para equilibrar la situación de los menores en ambos hogares. En cuanto al IRPF, cuando existe custodia compartida ambos progenitores pueden aplicarse la deducción por maternidad o los mínimos por descendientes en condiciones distintas a las de la custodia monoparental, por lo que conviene revisarlo cada ejercicio fiscal. El cálculo de la pensión de alimentos en custodia compartida depende de los ingresos de cada uno, los gastos del menor y el tiempo real de convivencia con cada progenitor.
¿Se puede pedir la custodia compartida después de años de custodia monoparental?
Sí, se puede solicitar un cambio de custodia de monoparental a compartida después de años, pero para que el juez lo conceda hay que acreditar un cambio sustancial de circunstancias desde que se fijó el régimen anterior. Ese cambio puede ser una mejora en la situación laboral o personal del progenitor que la pide, un cambio de domicilio que acerque los dos hogares, o que los propios hijos hayan crecido y puedan expresar una voluntad clara. Lo que no funciona es pedirlo simplemente porque han pasado años: hay que argumentar por qué ahora la custodia compartida beneficia más al menor que cuando se decidió la monoparental.
¿Hasta qué edad se aplica la custodia compartida?
No existe en el ordenamiento jurídico español un límite de edad fijo para la custodia compartida: en principio se aplica mientras los hijos son menores de edad, aunque en la práctica los jueces dan cada vez más peso a la opinión del menor a partir de los doce años aproximadamente. Cuando el menor alcanza la mayoría de edad, la custodia desaparece como tal, aunque la obligación de alimentos puede mantenerse si el hijo mayor de edad todavía no tiene ingresos propios. En los años previos a la mayoría de edad, si el menor expresa de forma clara y razonada que prefiere un régimen diferente, ese deseo tiene cada vez más influencia en la decisión judicial.
¿Qué debe incluir el convenio regulador en la custodia compartida?
El convenio regulador es el documento que recoge todos los acuerdos entre los progenitores sobre la custodia, los alimentos, la vivienda familiar y el régimen de visitas, y el juez debe aprobarlo para que tenga validez legal. En un proceso de custodia compartida, el convenio debe detallar el calendario exacto de convivencia, el reparto de vacaciones, quién asume los gastos ordinarios y cómo se deciden y reparten los gastos extraordinarios como actividades extraescolares o tratamientos médicos. También es muy recomendable incluir un plan de parentalidad que regule cómo se van a tomar las decisiones importantes sobre los hijos y cómo se van a comunicar los progenitores entre sí. Un convenio bien redactado es la mejor manera de evitar conflictos futuros.
¿Cómo podemos ayudarte desde Gil Lozano Abogados?
Cuando alguien llega a nuestro despacho con una pregunta sobre la custodia de sus hijos, lo primero que hacemos es escuchar.
No empezamos por los artículos del Código Civil ni por la jurisprudencia del Tribunal Supremo: empezamos por entender qué está pasando en esa familia y qué necesitan esos menores.
Llevamos más de dos décadas trabajando en derecho de familia en Madrid. Hemos gestionado desde acuerdos alcanzados en pocas semanas hasta procedimientos contenciosos complejos en los que había mucho en juego. En todos los casos, nuestro enfoque es el mismo: primero buscamos el acuerdo, porque cuando los padres llegan a un entendimiento, los hijos salen ganando. Y cuando el acuerdo no es posible, defendemos tu posición con toda la solidez que el caso merece.
Más de 227 reseñas verificadas de clientes reales avalan una forma de trabajar que pone a las personas por delante del expediente.
Si tienes dudas sobre la custodia compartida, sobre cómo plantear el convenio regulador o sobre qué puedes esperar si el proceso va a juicio, cuéntanoslo. La primera consulta es el primer paso para que esto deje de quitarte el sueño.