Defensa frente a una demanda de desheredación: demanda desestimada con imposición de costas

1. EL RETO

Una demanda de sus propios padres para desheredarle

El cliente acudió a nosotros al ser demandado por sus propios progenitores, que solicitaban que se declarase causa de desheredación y su indignidad para sucederles. Un conflicto familiar enquistado durante años llegaba así a los tribunales.

El perfil del cliente: Un hijo demandado por sus padres, que se enfrentaba a perder sus derechos sucesorios y a que una sentencia declarase formalmente su indignidad para heredar.
La complicación: Los hechos alegados eran reales y a primera vista favorecían a los demandantes: un alejamiento progresivo, mensajes que consideraban ofensivos, la ayuda económica que le habían prestado y una querella que el hijo había presentado contra ellos y que acabó archivada.

2. LA ESTRATEGIA DE LA ABOGADA YOLANDA GIL LOZANO

Llevar el debate al único terreno donde se decide

La defensa no negó los hechos objetivos: negarlos habría sido inútil y habría restado credibilidad a todo lo demás. Se hizo algo distinto, situarlos en su contexto y, sobre todo, llevar el pleito al terreno jurídico en el que realmente se resuelve.

Bajo la dirección de la letrada Gil Lozano, se articularon los siguientes pilares:
Contextualizar el conflicto: Se acreditó que el enfrentamiento era recíproco, que existían mensajes ofensivos en ambas direcciones y que la ayuda económica venía acompañada de una injerencia continuada en la vida familiar del cliente.
El artículo 756 es una lista cerrada: La indignidad para suceder no es una cláusula general que permita valorar si una conducta es lo bastante grave. Sus supuestos exigen, todos, una sentencia penal firme de condena, que aquí no existía.
La carga de la prueba: Se puso de manifiesto que la parte actora no había levantado la carga que le impone el artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil respecto de los hechos en que fundaba su pretensión.

3. EL RESULTADO

Demanda desestimada e imposición de costas

El juzgado desestimó la demanda en su integridad y absolvió al demandado. Razonó que nunca había sido condenado por sentencia firme por atentar contra la vida de sus progenitores, ni por causarles lesiones, ni por violencia habitual en el ámbito familiar, lo que excluía de entrada el supuesto invocado. Respecto de la querella archivada, la ley exige condena por denuncia falsa, que tampoco existía.

Fallo judicial que desestima íntegramente la demanda de desheredación e impone las costas a la parte demandante
Extracto del fallo. Datos personales anonimizados.
La victoria legal: Desestimación íntegra de la demanda, absolución del cliente e imposición de las costas del procedimiento a la parte demandante, que además de perder el pleito tuvo que asumir su coste.
El impacto humano: El cliente conserva intactos sus derechos sucesorios y se cierra una incertidumbre que arrastraba desde hacía años, sin que ninguna resolución judicial cuestione su conducta.

4. CONCLUSIÓN

Clave del éxito

La falta de relación no es causa de desheredación. Ni el distanciamiento, ni la falta de gratitud, ni que un hijo no quiera mantener el trato que sus padres esperan. Cuando se invoca la indignidad para suceder, sigue haciendo falta una condena penal firme, y que exista un conflicto familiar evidente no significa que la demanda vaya a prosperar.

Si estás pensando en desheredar a un hijo, o si te han demandado a ti, cuéntanos tu caso. Puedes ver cómo trabajamos en nuestra página de abogados de herencias en Madrid.

Yolanda, Licenciada en Derecho por la UAM, es abogada especializada en derecho de familia y herencias. Dirige Gil Lozano Abogados, tiene un Máster en Mediación y es árbitro titulada. Además, es profesora honorífica en la UAM, miembro de la Asociación Española de Abogados de Familia y está colegiada en el ICAM. Habla español e inglés y cuenta con una sólida trayectoria en la defensa jurídica.

Yolanda Gil Lozano

Abogada de derecho de familia y herencias

Caso de Éxito

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