Derecho matrimonial en Madrid: qué es y cómo puede ayudarte

Si has llegado hasta aquí, es probable que estés pasando por uno de los momentos más duros de tu vida. Quizás llevas semanas dando vueltas a la situación, sin saber bien por dónde empezar ni qué te espera. 

En este artículo queremos explicarte, con claridad y sin tecnicismos, qué es el derecho matrimonial, qué materias abarca y cómo un despacho especializado en Madrid puede acompañarte en cada decisión que tendrás que tomar.

Abogada de derecho matrimonial en Madrid revisando documentos con un cliente

¿Qué es el derecho matrimonial y qué materias regula?

El derecho matrimonial es la rama del derecho de familia que regula todo lo que rodea a la unión matrimonial: desde cómo se constituye hasta cómo se disuelve, y todo lo que hay en medio. Cuando un matrimonio llega a su fin, las consecuencias legales afectan a muchos aspectos de la vida cotidiana: con quién viven los hijos, quién se queda en casa, cómo se reparten las deudas, qué pensiones hay que pagar y durante cuánto tiempo.

Las materias que cubre el derecho matrimonial en Madrid son, principalmente:

  • Divorcio y separación legal
  • Nulidad matrimonial
  • Custodia de los hijos y régimen de visitas
  • Pensión de alimentos y pensión compensatoria
  • Uso de la vivienda familiar
  • Régimen económico matrimonial y liquidación de bienes

Cada una de estas cuestiones tiene sus propias reglas, plazos y matices. A continuación te las explicamos una a una.

Divorcio y separación: diferencias y cómo funciona el proceso en Madrid

Mucha gente usa los términos «separación» y «divorcio» como si fueran sinónimos, pero no lo son.

Separación legal

Con la separación, el matrimonio queda suspendido: los cónyuges dejan de convivir y de tener obligaciones entre sí, pero siguen casados legalmente. Esta opción tiene sentido cuando, por ejemplo, hay motivos religiosos o personales para no querer romper el vínculo matrimonial de forma definitiva. Si las circunstancias cambian, la separación se puede revocar.

Divorcio

El divorcio disuelve el matrimonio por completo. A partir de la sentencia, cada persona es libre de contraer un nuevo matrimonio. En España no hace falta alegar ninguna causa ni demostrar culpabilidad: basta con que hayan pasado tres meses desde la boda (salvo situaciones de violencia o riesgo para alguna de las partes).

En cuanto al proceso, hay dos vías principales:

  • Mutuo acuerdo: Cuando ambas partes están de acuerdo en separarse o divorciarse y en las condiciones (custodia, pensiones, vivienda…), se puede tramitar de forma conjunta. El proceso es más rápido y menos costoso. Se plasma en un documento llamado convenio regulador, que el juez tiene que aprobar.
  • Contencioso: Cuando no hay acuerdo en alguno de los puntos, cualquiera de los dos puede presentar una demanda y la decisión la tomará el juez tras escuchar a ambas partes.

Si estás pensando en dar este paso, en nuestra página de abogados de divorcio en Madrid encontrarás más información sobre cómo trabajamos y cómo podemos ayudarte.

Custodia de los hijos: compartida o monoparental

Cuando hay hijos menores, la custodia es, con diferencia, la cuestión que más preocupa a los padres. La custodia determina con quién vivirán los hijos habitualmente y cómo se tomarán las decisiones importantes sobre su vida (educación, salud, actividades extraescolares…).

Existen dos modalidades principales:

  • Custodia compartida: Los hijos conviven de forma alternada con ambos progenitores, normalmente por semanas o quincenas. Ambos participan activamente en la crianza y las decisiones se toman de forma conjunta. Esta opción es cada vez más habitual en los juzgados de Madrid cuando ambos padres se implican y viven cerca.
  • Custodia monoparental o exclusiva: Los hijos viven de forma habitual con uno de los progenitores, y el otro tiene un régimen de visitas fijado (fines de semana alternos, vacaciones…). El progenitor no custodio sigue teniendo la patria potestad, es decir, el derecho a participar en las decisiones importantes.

El juez siempre valora, por encima de cualquier otra cosa, el interés superior del menor: la estabilidad emocional, el vínculo con cada progenitor, la capacidad de conciliación de cada uno y la situación de los propios hijos. No hay una fórmula única.

Si quieres saber más sobre cómo funciona la custodia compartida, en nuestra página de servicio explicamos los criterios que aplican los tribunales de Madrid y cómo preparar tu caso.

Padre e hijo durante el régimen de visitas acordado en un proceso de custodia en Madrid

Pensión de alimentos y pensión compensatoria: cuánto y hasta cuándo

Son dos conceptos distintos que a menudo se confunden:

La pensión de alimentos es la cantidad que uno de los progenitores paga al otro para contribuir a los gastos de los hijos: alimentación, ropa, colegio, médico, actividades… Se fija en función de las necesidades reales de los hijos y de la capacidad económica de cada progenitor. No desaparece al cumplir los 18 años: se mantiene mientras el hijo no sea económicamente independiente.

La pensión compensatoria es diferente: la paga uno de los cónyuges al otro cuando el divorcio genera un desequilibrio económico importante. Por ejemplo, si uno de los dos ha dedicado años al cuidado del hogar y de los hijos y no tiene ingresos propios, puede tener derecho a recibir una compensación temporal o, en casos excepcionales, indefinida.

Ambas pensiones pueden modificarse si cambian las circunstancias: una subida de sueldo, un despido, un cambio de custodia o que el hijo empiece a trabajar son motivos habituales para revisar lo acordado.

La vivienda familiar: quién se queda y qué pasa con la hipoteca

La vivienda familiar es otro de los grandes puntos de conflicto. Cuando hay hijos menores, el uso de la vivienda familiar suele atribuirse al progenitor que tiene la custodia, aunque el inmueble pertenezca al otro o a los dos. Esto no significa que sea suya: solo tiene derecho a usarla temporalmente, hasta que los hijos sean independientes o se liquide el bien.

Cuando no hay hijos, el reparto depende de a quién pertenece la vivienda y del régimen económico del matrimonio.

Las opciones más habituales son:

  • Venta del inmueble y reparto del dinero entre los dos.
  • Compensación: Uno de los cónyuges se queda la vivienda y compensa al otro con dinero o con otros bienes.
  • Proindiviso: Los dos siguen siendo propietarios hasta que se ponga de acuerdo en cómo liquidarla. Suele ser la solución menos recomendable a largo plazo.

Respecto a la hipoteca, el banco no queda vinculado por lo que acuerden los cónyuges entre sí: si los dos firmaron el préstamo, los dos siguen siendo responsables ante la entidad hasta que se modifique o cancele el crédito. Por eso es fundamental gestionar también esta parte con asesoramiento legal.

El régimen económico matrimonial: gananciales, separación de bienes y su liquidación

Antes de poder repartir nada, hay que saber qué régimen económico rige el matrimonio. En España existen varias opciones, aunque las más comunes son dos:

  • Sociedad de gananciales: Es el régimen por defecto en Madrid si los cónyuges no han firmado capitulaciones matrimoniales (un acuerdo notarial). Con este régimen, los bienes y deudas generados durante el matrimonio son de los dos, a partes iguales, con independencia de quién los haya adquirido o de a nombre de quién estén.
  • Separación de bienes: Cada cónyuge es propietario exclusivo de lo que tiene a su nombre. Al divorciarse, cada uno se queda con lo suyo. Requiere haberlo pactado en capitulaciones.

Liquidar la sociedad de gananciales puede ser un proceso complejo: hay que identificar todos los bienes, valorarlos y repartirlos. Si no hay acuerdo, un juez decide.

Puedes ampliar esta información en nuestro artículo sobre el régimen económico matrimonial en España, donde explicamos con detalle qué implica cada opción.

Pareja firmando un convenio regulador de divorcio en un despacho de abogados en Madrid

Mediación y acuerdo: la vía que evita el desgaste del juicio

El juicio no siempre es la única salida, ni la mejor. Cuando hay voluntad por ambas partes, llegar a un acuerdo antes de que el juzgado decida es casi siempre más rápido, más barato y menos dañino para todos, incluidos los hijos.

El convenio regulador es el documento en el que se recogen todos los acuerdos del divorcio: custodia, pensiones, vivienda, reparto de bienes… Una vez que el juez lo aprueba, tiene fuerza de ley.

La mediación familiar es otra herramienta útil: un mediador neutral ayuda a las partes a llegar a acuerdos en un entorno menos confrontacional que el juzgado. No siempre es posible, pero cuando funciona, transforma un proceso que podría durar años en algo mucho más manejable.

Eso no significa que un abogado no sea necesario en la vía de mutuo acuerdo. Al contrario: contar con asesoramiento legal te garantiza que el acuerdo es equilibrado, que no estás renunciando a derechos sin saberlo y que el convenio va a ser aprobado sin problemas.

Preguntas frecuentes sobre derecho matrimonial en Madrid

¿Cuánto cuesta un divorcio en Madrid?

Depende de si es de mutuo acuerdo o contencioso. Un divorcio consensuado es bastante más asequible que uno litigioso. El coste varía según la complejidad del caso (número de hijos, bienes a repartir, nivel de conflicto…). Lo más honesto es pedirte una valoración personalizada en una primera consulta.

Un divorcio de mutuo acuerdo en Madrid puede resolverse en unos dos o tres meses. Uno contencioso puede prolongarse entre uno y dos años, dependiendo de la carga de trabajo de los juzgados y de los puntos en disputa.

Sí. En España, tanto en el divorcio de mutuo acuerdo como en el contencioso, es obligatorio contar con abogado. En el mutuo acuerdo, ambos pueden compartir el mismo letrado si no hay hijos menores ni bienes en disputa; en caso contrario, cada parte necesita su propio abogado.

Sí. Las medidas relativas a los hijos (custodia, pensión de alimentos, régimen de visitas) pueden modificarse si se produce un cambio sustancial en las circunstancias. También puede revisarse la pensión compensatoria si cambia la situación económica de alguna de las partes.

¿Necesitas un abogado de derecho matrimonial en Madrid?

En Gil Lozano Abogados llevamos más de veinte años acompañando a personas que están pasando exactamente por lo que tú estás viviendo ahora. Somos miembros de la AEAFA (Asociación Española de Abogados de Familia) y contamos con más de 227 reseñas de clientes que pueden darte una idea de cómo trabajamos.

Nuestra forma de entender el derecho matrimonial en Madrid pasa por una premisa clara: el acuerdo siempre es mejor que el litigio cuando es posible alcanzarlo. No porque el juicio sea malo, sino porque un acuerdo bien negociado es más duradero, más rápido y mucho menos desgastante para ti y para tus hijos.

Cuando el acuerdo no es posible, litigamos con todo lo que tenemos. Pero siempre empezamos por explorar si hay margen para evitarlo.

Si quieres contarnos tu situación, sin compromisos, estamos aquí. Una primera consulta puede darte mucha claridad sobre qué te espera y qué opciones tienes.

Contactar ahora y cuéntanos en qué podemos ayudarte.

Yolanda Gil Lozano

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